CÓDIGO TRIBUTARIO (LEY 11-92)
Artículo 204. Delitos Tributarios. Constituyen delitos tributarios las siguientes infracciones:
1) La defraudación tributaria.
2) La elaboración y comercio clandestino de productos sujetos a impuestos.
3) La fabricación y falsificación de especies o valores fiscales.
Artículo 205. Faltas Tributarias. Constituyen faltas tributarias sancionadas pecuniariamente las siguientes:
1. La evasión tributaria que no constituye defraudación.
2. La mora.
3. El incumplimiento de los deberes formales de los contribuyentes, responsables y terceros.
4. El incumplimiento de los deberes formales de los funcionarios y empleados de la Administración Tributaria.
5. El incumplimiento de los deberes formales de los funcionarios públicos, ajenos a la Administración Tributaria.